Artículo 10.- Aprobación de formatos y suscripción de los instrumentos de formalización
10.1. Los formatos de los instrumentos de formalización que se expidan en el marco de la Ley y su Reglamento son aprobados por el MIDAGRI mediante Resolución Ministerial. 10.2. La expedición y suscripción de los instrumentos de formalización es competencia del Ente de Formalización Regional.