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Artículo 5.- Entidad comF»tente

Ley N.º 31145 – Ley de Saneamiento Físico Legal de Predios del Estado, publicada el 25 de marzo de 2021.

5.1. El GORE a través del Ente de Formalización Regional es la entidad competente para ejecutar los procedimientos establecidos en el presente Reglamento, que incluye los procedimientos iniciados a pedido de parte, así como los iniciados de oficio en cumplimiento de sus funciones y atribuciones. 5.2. El Ente de Formalización Regional, en virtud de las disposiciones contempladas en el presente Reglamento aprueba y ejecuta todos los actos administrativos que sean necesarios y promueve la inscripción de los instrumentos de formalización en el RdP. 5.3. Los procedimientos administrativos establecidos en el Reglamento asociados a la función prevista en el literal n) del articulo 51 de Ia Ley NO 27867, están a cargo del Ente de Formalización Regional.