Recibida Ia solicitud, el Ente de Formalización Regional efectúa Ia evaluación técnica y legal de los documentos, de encontrar alguna observación, se notifica al administrado para que en el plazo de dos (02) días hábiles de notificado, subsane las observaciones u omisiones encontradas, bajo apercibimiento de declarar el abandono del procedimiento.
Verificación de documentos y plazo de subsanación
Ley N.º 31145 – Ley de Saneamiento Físico Legal de Predios del Estado, publicada el 25 de marzo de 2021.