30.1. Expedido el informe favorable, el Ente de Formalización Regional publica los datos del administrado, con indicación del área del predio, ubicación y demás datos técnicos, así como el plazo para formular oposición.
30.2. Los lugares de publicación son la sede del Ente de Formalización Regional correspondiente, Ia Municipalidad Distrital donde se ubican los predios, el Juzgado de Paz de la Localidad y Ia Agencia Agraria más cercana al lugar en el que se ubican los predios rurales materia de formalización.
30.3. Los carteles en mención permanecen publicados por un plazo de siete (07) días hábiles, de lo cual se deja constancia en acta suscrita el personal de Ia brigada de campo.