Imagen del artículo

Artículo 376 - Plazo y trámite de la apelación de autos con efecto suspensivo

25940 Modifican Código Procesa Civil

La apelación contra los autos a ser concedida con efecto suspensivo se interpone dentro de los siguientes plazos:

1. Tres días si el auto es pronunciado fuera de audiencia; o

2. En la misma audiencia, si el auto fuera expedido en ella, pero su fundamentación y demás requisitos serán cumplidos en el mismo plazo que el inciso anterior.

El secretario de juzgado enviará el expediente al superior dentro de los cinco días de concedida la apelación, bajo responsabilidad.

Dentro de cinco días de recibido, el superior comunicará a las partes que los autos están expeditos para ser resueltos y señalará día y hora para la vista de la causa.

Es inadmisible la alegación de hechos nuevos.

La resolución definitiva se expedirá dentro de los cinco días siguientes a la vista de la causa.

* Artículo modificado por los siguientes dispositivos:

1. D-L 25940, publicado el 11 de diciembre de 1992 (link: lpd.pe/kPLGb).

2. Ley 31591, publicada el 26 de octubre de 2022 (link: lpd.pe/k6vVb).

Ver jurisprudencia aquí.